FaithfulNews
Tiempo ordinario

Iglesia mundial · 2 de noviembre de 2026

También publicado en Türkçe, Deutsch, Italiano, Nederlands, Svenska, Norsk, Polski

El Papa modifica las sanciones disciplinarias para los empleados de la Curia Romana

lighted candle
Jarl Schmidt / Unsplash

El Papa Leo XIV ha aprobado una reforma de las normas disciplinarias que rigen al personal de la Curia Romana.

Estas modificaciones fueron aprobadas por el pontífice el 19 de octubre mediante un Rescriptum ex Audientia Sanctissimi, que es una decisión aprobada por el papa tras una audiencia con una autoridad eclesiástica o un funcionario curial. El documento, firmado por el secretario de estado, el cardenal Pietro Parolin, modifica los artículos 62 §3, 68 §2 y 68 §4 del Reglamento del Personal de la Curia Romana.

La reforma introduce cambios en el papel de la Comisión Disciplinaria de la Curia Romana. Según la nueva redacción del artículo 62 §3, la comisión actuará en la determinación de ciertas sanciones, excepto en el caso de suspensiones por un periodo de hasta 30 días. Esto permite que el jefe de un dicasterio imponga directamente una sanción, incluyendo la suspensión del trabajo por hasta 30 días, sin requerir la intervención de la comisión. Anteriormente, incluso las suspensiones menores a 30 días requerían dicha revisión.

Se han establecido nuevas salvaguardias para los empleados que enfrentan procesos por faltas graves. Mientras que el plazo para presentar explicaciones sigue siendo de 10 días en casos ordinarios, ahora se concederán 15 días para presentar la defensa cuando el jefe del departamento considere que la conducta puede resultar en un despido o en una suspensión que supere los 30 días.

Asimismo, la reforma incorpora explícitamente el derecho del empleado a contar con asistencia legal en los procesos disciplinarios más graves. El texto permite que el empleado utilice un abogado elegido entre los miembros del Cuerpo de Abogados de la Santa Sede o del Registro de Abogados de la Curia Romana.

Finalmente, la enmienda al artículo 68 §4 establece nuevos requisitos de notificación. Cuando el jefe de una entidad considere justificado un despido o una suspensión superior a 30 días, deberá enviar el expediente a la Comisión Disciplinaria de la Curia Romana e informar al empleado sobre la medida adoptada y la posibilidad de utilizar su propio abogado autorizado.